jueves, 21 de septiembre de 2017

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Referéndum 1-O: Votar es normal | Opinión | EL PAÍS

Votar es normal

Afirmar que votar es democrático es no decir nada. No votaríamos la eliminación de los ancianos y hay grupos de mafiosos que deciden sus asesinatos mediante el voto. La materia de elección es digna de reflexión y también quién debe hacerlo

Votar es normal. Votar es democrático. Votar es un derecho. Frases o eslóganes de este tipo se ven escritas en muros y paredes a lo largo y ancho de la Cataluña profunda. Y también se repiten en entrevistas y cenáculos políticos.
Dejando al margen el dato que los muros, algunos históricos, son el papel de los analfabetos, la polémica está servida. Nos referimos a la verdad o falsedad que encierran anuncios semejantes, referidos concretamente al tatareado referéndum soberanista del próximo 1 de octubre.
A simple vista las frases no merecen crítica. Sin embargo, más allá del efecto primario y positivo que produce todo anuncio publicitario, pues se trata de convencer al cliente o lector de forma instintiva e inmediata, es lo cierto que no superan el examen de la sana crítica.
¿Alguien puede defender que someter a votación la comisión de un delito es un acto democrático?
En primer lugar, hay que decir que votar no es precisamente sinónimo de normal, entendido como habitual o cotidiano. Al contrario, es un acto complejo, por eso no votamos todos los días. Votar requiere agrupar voluntades. Sirve para formar la voluntad de los órganos sociales. Cuando las decisiones afectan a un grupo social, léase familia, municipio o estado, algunas decisiones, y no todas, se someten a la votación de la mayoría, aunque la experiencia va mostrando que es mejor delegar la mayor parte de las decisiones a un representante, que decide sin necesidad de votación: paterfamilias, alcalde y jefe de gobierno, en los ejemplos citados.
En segundo lugar, afirmar sin más que votar es democrático es no decir nada. Porque votar puede ser democrático o no. Depende. Y aquí reside el núcleo del problema. Qué se vota, quién vota y cómo se vota, son elementos esenciales para saber si, efectivamente, la votación culmina o no un proceso democrático. La mejor explicación corre a cargo de los ejemplos. ¿Alguien puede defender que someter a votación la comisión de un delito es un acto democrático? De modo más concreto, ¿puede una sociedad democrática someter a votación la eliminación de los ancianos? Los asesinatos mafiosos se deciden por votación en el seno del grupo vengador. Ejemplos tan perversos demuestran palmariamente que votar per se puede ser lo más contrario a lo que entendemos por democrático.
También importantes son los conocidos quórum de asistencia, que al menos exigen la mitad del censo
Si de la materia objeto de votación pasamos a quien vota, la afirmación según la cual todo el mundo tiene derecho al voto, tampoco supera las reglas de la sana crítica. Identificar con claridad el sujeto o los sujetos legitimados para expresar el voto, que no son todos, es otra condición esencial del proceso democrático. Es obvio que los sujetos ajenos al grupo afectado por la votación no deben participar en el proceso. Los españoles no votan en las elecciones legislativas francesas, y viceversa.
La tercera limitación, que se añade al objeto y a los sujetos, se refiere al procedimiento de votación. El acto colectivo de la votación exige respetar un procedimiento. El proceso es otra exigencia o garantía más para que la votación sea democrática. Lo será si, además, cumple el procedimiento legalmente establecido. Reglas tales como el anuncio conteniendo el día, lugar y horario habilitado para la votación; claridad de la propuesta sujeta a votación; fiabilidad del censo; composición de las mesas electorales con presencia de interventores; recuento y control externo e independiente de los resultados, entre otras, son alguna de las condiciones esenciales que validan la votación como acto democrático.
Si trasladamos las observaciones anteriores a la propuesta del llamado referéndum catalán que pretende celebrarse el próximo 1 de octubre se puede concluir lo siguiente.
En primer lugar, la materia objeto de votación es la posible fractura o división de la soberanía del pueblo español. Pero es discutible que Cataluña sea una nación porque existen argumentos razonables a favor y en contra. Sin embargo, contrasta con esa discusión, la afirmación secular de que España es una nación. Por tanto, la soberanía es del pueblo español en su conjunto. Entonces ¿cómo se justifica democráticamente que una parte pueda apropiarse o decidir sobre el todo? Cualquier respuesta distinta del no carece de todo fundamento. Y más grave resulta camuflarlo con eslóganes democráticos. En este caso, el anuncio publicitario se degrada hasta convertirse en mendaz y estrafalario.
Es como si en una comunidad de vecinos, los inquilinos del sexto izquierda, que por cierto hablan otro idioma y además son y se sienten extranjeros, deciden autorregularse dictando sus propias normas de convivencia. A los independentistas catalanes hay que recordarles que el territorio enmarcado en Cataluña no es de los que voten en el citado referéndum sino de todos los españoles. Entonces, ¿cómo van a decidir sobre algo que no les pertenece?
Por otro lado, es harto discutible que el sujeto llamado a votar sea el legítimo en términos democráticos. Fácilmente se comprende que el objeto y el sujeto están íntimamente vinculados y lo que se vota condiciona la elaboración del censo electoral. Pero hay más.
Cabe preguntarse si la residencia o vecindad civil, como parece que exige el supuesto referéndum, es título suficiente para garantizar una votación democrática sobre cuestión tan relevante. Volvamos a los ejemplos. Llama la atención que miles de extranjeros por razón de nacionalidad, pero con residencia en Cataluña puedan decidir la secesión de una parte de España y, en cambio, no puedan votar los nacidos y crecidos en Cataluña, pero residentes en el extranjero o en el resto de España. ¿Cómo es posible que un conocido catalán, con más de cinco generaciones catalanas, que habitualmente se expresa en su lengua materna catalana, prócer de las letras y artes catalanas pero residente en Madrid por razones laborales, no pueda votar sobre el destino de Cataluña? Privar el voto a ese colectivo es un dislate tan monumental que deslegitima por si solo la totalidad del proceso. Correlativamente, a ese grupo hay que añadir aquellos que, no teniendo antecedentes catalanes, no hablan catalán, ni se sienten catalanes pues siguen fieles a su cultura y tradiciones navarras, gallegas o andaluzas, por citar algunos ejemplos, pero residen en Cataluña, y solo por ese vínculo administrativo pueden votar y decidir el futuro de ese territorio. En resumen, cuestiones de nacionalidad, como es la soberanía nacional, se deciden sobre criterios de nacionalidad y no de residencia.
Las reflexiones anteriores, necesariamente breves, dejan al margen condiciones no menos importantes, cuyas ausencias invalidan, más todavía, el proceso. Son los conocidos quórums de asistencia o participación, que como mínimo exigen la mitad del censo. Y es, por supuesto, el requisito de la mayoría reforzada de la votación, equivalente a dos tercios, negando validez a la propuesta que gana por un voto. Son las denominadas mayorías reforzadas de participación y votación exigidas habitualmente cuando se pretende reformar las bases esenciales de cualquier tipo de sociedad, empezando por las sociedades civiles y mercantiles. ¿Qué menos se va a exigir para modificar la estructura territorial de un Estado secular, democrático y soberano como es el Estado Español?

Ignacio Arroyo Martínez es catedrático de Universidad y Abogado.

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